DECISION
Por todas las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral del Estado Barinas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA incoada por el ciudadano JESUS ERNESTO VALERO ALZURU anteriormente identificado en autos, contra la Asociación Civil Zamora Futbol Club.
Con ocasión de esta declaratoria deberá pagar al demandante la cantidad de Nueve mil Novecientos Seis mil (9.906 Bs) Bolívares soberanos, pagaderos conforme a los parámetros establecidos en esta sentencia por concepto de prestaciones sociales y otros conceptos laborales derivadas de la relación de trabajo. Así se establece.
Dada la naturaleza del presente fallo no se condena en costas a la parte demandada.
Dada, firmada y sellada en la sala del Juzgado Segundo de Primera Instancia de juicio de la Coordinación Laboral del estado Barinas a los Diez .....