De la decisión
Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en Sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara inadmisible la acción de amparo constitucional incoada por la ciudadana Greissy Mora en su condición de presidenta de la empresa Dental Relax Center C.A. contra la Inspectoría del Trabajo del Estado Barinas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en la sala de despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los dieciocho días del mes de junio de dos mil trece. Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
La Jueza,
Abg. Tahís Camejo La Secretaria,
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