Con los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en ejercicio de las Potestades Jurisdiccionales atribuidas por el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA la instancia en el juicio que por PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, sigue la ciudadana YOLLY DEL CONSUELO FUENMAYOR DE SEVILLANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-3.111.657, en contra del ciudadano GUSTAVO ADOLFO SEVILLANO FUENMAYOR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°. V-12.218.548, en concatenación con el artículo 12 de la Ley de Arancel Judicial, y con la Jurisprudencia emanada del Máximo Tribunal de la República en Sala de Casación Civil, de fecha 6 de julio de 2004, Exp. Nº. AA20-C-2001-000436; criterio reiterado por la Sala de Casación Civil en fecha 29 de oc.....