Por todos los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DUODÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara inadmisible la solicitud de TÍTULO SUPLETORIO SOBRE VEHÍCULO, propuesta por la ciudadana NELLY MARÍA CASTELLANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-3.928.494, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 39.459, actuando con el carácter de apoderada judicial del solicitante ciudadano OSWALDO JOSÉ MACHADO y este a su vez actuando en nombre y representación del ciudadano GIOMAR ALFONSO SARCOS CHACIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.987.875.