Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR EL ARTÍCULO 185-A DEL CÓDIGO CIVIL, propuesta por los ciudadanos EDUIN JOSÉ ROMERO VALBUENA y YULEIMA MARÍA GUTIÉRREZ MEJIA, ambos venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad números V-18.340.918 y V-16.168.676 respectivamente, domiciliados en el Municipio Cabimas del Estado Zulia; asistidos por el abogado en ejercicio EDGARDO ÁVILA, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 23.390., y en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL por ellos contraído el día dos (02) de Marzo del año dos mil siete (2007), por ante la Intendencia Civil de la Parroquia Jorge Hernández del Municipio Cabimas del Estado Zulia, dejándose expresa constancia que los ciud.....