En consecuencia Bajo la Protección de Dios; este Juzgado Primero de Control Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley de conformidad con el articulo 555 de la Ley Orgánica Sobre la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con los artículos 548 y 546 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente Resuelve: PRIMERO: Se acuerda modificar el régimen de presentación del adolescente (NOMBRE OMITIDO EN RAZON DE LA CONFIDENCIALIDAD ESTABLECIDA EN EL ART. 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), debiéndose presentar por ante el sistema automatizado de presentación de Imputados ubicada en la planta baja del Palacio de Justicia Departamento de Alguacilazgo, Una (01) Vez cada cuarenta y cinco (45) días, solicitud por la Defensa Privada, medida que se mantiene para asegurar la comparecencia del adolescente a los actos del proceso, y.....