EL TRIBUNAL OBSERVA:
PRIMERO: Fue consignada mediante Oficio S/N, original del Acta de Acuerdo Conciliatorio de Obligación de Manutención de fecha 29-11-2012, celebrada por ante de la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes "Alegría Y Esperanza" del Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas, por los Ciudadanos: CHARITTY CAROLINA ORTEGA y DOUGLAS OMAR OCANTO MONTILLA, así como también fue consignada partida de Nacimiento Original del Niño: OMAR JESUS OCANTO ORTEGA, en donde se evidencia que es hijo de los ciudadanos antes mencionados y que tiene Cuatro (04) años y Ocho (08) meses de edad, original de la constancia de estudio y copias fotostáticas de las Cédulas de Identidad de los ciudadanos antes mencionados.-
SEGUNDO: Los Ciudadanos antes mencionados convinieron por ante la mencionada Defensoría, en que el segundo de los nombrados pasaría la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.400,oo), MENSUALES como Obligación de Manutención, los cuales serán depositad.....