PARCIALMENTE PROCEDENTE la pretensión incoada por el ciudadano RAFAEL ANTONIO SIERRA BURGO, por cobro de indemnizaciones y otras peticiones laborales por Enfermedad Ocupacional, en contra de la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT, S.A., todos plenamente identificados en las actas procesales. En consecuencia:
PRIMERO: Se condena a la sociedad mercantil CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT, S.A., a pagar a el ciudadano RAFAEL ANTONIO SIERRA BURGO, la cantidad total de TREINTA MIL BOLÍVARES FUERTES CON 00 CENTIMOS (Bs.F. 30.000,00) por concepto de cobro de INDEMNIZACIÓN POR DAÑO MORAL, conforme a los lineamientos señalados en la parte motiva.
SEGUNDO: Se condena a la sociedad mercantil CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT, S.A. a pagar a el ciudadano RAFAEL ANTONIO SIERRA BURGO, la cantidad resultante de la INDEXACIÓN y los INTERESES de MORA, de la cantidad indicada en el punto anterior por indemnización POR DAÑO MORAL, por el no cumplimiento voluntario de la decisión, en los .....