Por recibida la presente demanda por RESOLUCION DE CONTRATO, conjuntamente con DAÑOS Y PERJUICIOS, interpuesta por la abogada ANTONIETA REYES LIMONTA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el Nº 61.641, actuando en el carácter de apoderada judicial del Ciudadano LUIS FERNANDO VIDAL, mayor de edad, venezolano, titular de la cedula de identidad numero V-1.359.657, domiciliado en Aguirre, Municipio Montalbán del Estado Carabobo, en contra del ciudadano JOSE ALFREDO GARCIA PEREZ, titular de la cedula de identidad Nº 11.156.534; por cuanto la misma no es contraria al orden publico, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley, este Tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos 208 numerales 8, 9 y 15 y el 211 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, LA ADMITE, con expresa indicación de que la presente demanda será sustanciada y decidida conforme al PROCEDIMIENTO ORDINARIO AGRARIO de acuerdo con los principios de oralidad, brevedad, co.....