Resuelve:
PRIMERO: Se decreta la Separación de Cuerpos y Bienes, que solicitaron los ciudadanos: SANCHEZ JOSE LULIAN Y CHIRINOS NAVA ROSNELY DEL CARMEN, titulares de las Cédulas de identidad N° V-17.820.200 y V-18.342.411 respectivamente.-
SEGUNDO: La guarda y custodia del niño antes identificadode conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Organica para la Protección del Niño y del Adolescente), corresponderá a su progenitor y la Patria Potestad será ejercida de manera conjunta.
TERCERO: Cada uno de los cónyuges elige el domicilio que mejor les convenga.
CUARTO: En cuanto al Régimen de Visitas se acoge lo acordado entre las partes, según acta de convenimiento levantada por ante este Tribunal según expediente signado bajo el N° 1U-6289-06.
QUINTO: La referida ciudadana, se obliga a hacer entrega al ciudadano: SANCHEZ JOSE LULIAN, la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.50.000,oo), mensuales, por concepto de Obligación Alimentaría, así mismo ambos prog.....