D E C I S I O N
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR LA ACCIÓN, intentada por la ciudadano ANGEL JOSE MALDONADO BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.208.456, por Cobro de Prestaciones Sociales contra el INSTITUTO POSTAL TELEGRAFICO ENTIDAD-BARINAS.
No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese, y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Juzgado, a los diecinueve (19) días del mes de Septiembre de dos mil seis, (2.006). 196º y 147º
El Juez,
Abg. Jesús París La Secretaria,
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