Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• NULO, todo lo actuado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia;
• INCOMPETENTE, para conocer la apelación interpuesta por la apoderada judicial de la parte demandante, la profesional del derecho DEISY RIOS PAREDES, identificada en actas.
• DECLINA, el conocimiento del presente asunto al Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
• ORDENA, oficiar al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, a fin de participarle lo aquí decidido.
• ORDENA, remi.....