a) CON LUGAR la demanda de Divorcio intentada por el ciudadano EDER LUIS SOLANO ROMERO, en contra de la ciudadana HAYDEE COROMOTO GUEDEZ ESTRADA, ya identificados, con respecto a las causales segunda y tercera del artículo 185 del Código Civil Venezolano, que tratan sobre el abandono voluntario y sobre los excesos, sevicias e injurias graves que hagan imposible la vida en común, por los motivos expuestos en la parte motiva de esta sentencia.
b) DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que contrajeron en fecha diez (10) de Octubre de 1.998, por ante el Jefe Civil y Secretario de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamante del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, como consta en el acta de matrimonio Nº 243, que corre inserta en los folios números siete (7) y ocho (8) de las actas que conforman el presente expediente N° 13589.
c) Se condena en costas a la parte demandada, ciudadana HAYDEE COROMOTO GUEDEZ ESTRADA, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento C.....