Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, declara HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO celebrado entre las partes, se le imparte la aprobación y judicial decreto, pasándolo en autoridad de cosa juzgada, todo ello con motivo del juicio que por DESALOJO sigue la ciudadana ZOLANY BEATRÍZ ADRIANZA JIMÉNEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad numero V-7.835.543 con domicilio en esta ciudad de Cabimas del Estado Zulia, representada por su apoderada judicial, Abogada YOLET FALCÓN JIMÉNEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 28.470en contra de la ciudadana MANRIQUE MAXIS MÉNDEZ MÉNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-4.712.622, de igual domicilio, asistido en el acto del convenimiento por el Abogado ORLANDO ANZOLA, .....