Expuesto los anteriores argumentos, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación de autos interpuesto por la abogada en ejercicio LUCILA CARRASQUERO, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano JESÚS ENRIQUE RINCÓN ALMARZA, contra la decisión N° S-018-09, de fecha tres (03) de Febrero de 2009, emanada del Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.
SEGUNDO: se REVOCA la decisión N° S-018-09, de fecha tres(03) de Febrero del año 2009, emitida por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual se acordó negar la entrega del vehículo marca FORD, modelo LTD, clase Automóvil, tipo SEDAN, color GRANATE Y VINO TINTO, serial de carrocería AJ65WA23721, serial.....