Este JUZGADO SUPERIOR CUARTO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el ejercicio de sus facultades legales, administrando justicia y por autoridad de la Ley, declara: 1.- SIN LUGAR EL RECURSO DE HECHO interpuesto por el Profesional del Derecho NELSON URDANETA GONZALEZ, abogado en ejercicio, de este domicilio, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil COMPAÑÍA ANONIMA NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA (CANTV), parte demandada en el procedimiento principal que intentó el ciudadano PABLO VILLARREAL MORALES, en contra de la DECISION dictada por el Tribunal Décimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de fecha 26 de abril de 2.011. 2.- SE CONFIRMA LA DECISIÓN RECURRIDA. 3.- NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS PROCESALES. 4.- SE ORDENA notificar al Procurador General de la República.