El Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de YORMAN ENRIQUE GARCIA ALVAREZ, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, mayor de edad, Soltero, Cédula de Identidad No. 15.320.461, de profesion depositario en la empresa petrolera, residenciado en el Callejon Barrio Nuevo, con Avenida 7, Casa No. 38, Bachaquero, Municipio Valmore Rodríguez, del Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el articulo 318, Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.