DECISIÓN
Por los argumentos de hecho y de derecho antes expuestos, basado en los artículos 03, 19 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA otorgar la revisión de la medida cautelar sustitutiva de libertad solicitada a favor de los ciudadanos CARLOS ASDRUBAL COLINA, MICHEL CHIRINOS OCHOA y CARLOS ASDRUBAL CHIRINOS OCHOA venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos.V-7.475.779.; V13.509.343. y V-13.756.816., respectivamente, naturales de Valencia, Estado Carabobo, domiciliados en la Urbanización Santa Ines, sector 3, calle 22, casa N° 3, Valencia, Estado Carabobo, bajo los siguientes términos: Se le otorga la autorización de salida del Estado Carabobo, igualmente se extiende la presentación cada treinta (30) días por ante este Juz.....