DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION OCCIDENTAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CONSUMADA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por la abogada NOREYMA MORA ORIA, actuando como apoderada judicial de la COMPAÑÍA ANONIMA ELECTRICIDAD DE OCCIDENTE (ELEOCCIDENTE, C.A contra el acto contenido en la Providencia Administrativa No. 06-98 de fecha 05 de mayo de 2006, expediente No. 020-05-01-001180, dictada por la Inspectoría del Trabajo con sede en Santa Ana de Coro del Estado Falcón; impugnación que hace por las razones de ilegalidad e inconstitucionalidad. Así mismo se ordena devolver las copias consignadas en fecha 22 de octubre de 2008, en cuatro (04) juegos por el abogado Juan Hernández Padrón, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 56.871.
El Tribunal no hace.....