Por los fundamentos antes expuestos, ésta Sala Única de la Corte de Apelaciones de la Sección de Adolescentes con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por el Profesional del Derecho Abogado ADIB GABRIEL DIB, Defensor Publico Auxiliar con competencia a Nivel Nacional, por el principio de la Unidad de la Defensa, en colaboración con la Defensa Publica Tercera (3°) con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres, adscrito a la Unidad de la Defensa Publica del estado Zulia, en su carácter de Defensor del ciudadano JOSE GREGORIO CHIRINOS, de nacionalidad Venezolana, sin documentación personal, fecha de nacimiento 03-05-1987, hijo de (SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 60 CONSTITUCIONAL Y LA SENTENCIA VINCULANTE DE LA S.....