Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
- CONSUMADO EL DESISTIMIENTO del proceso intentado por la ciudadana KERLIS CAROLINA FUENTES GARCIA, venezolano(a), mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-20.086.664.
- APROBADO Y HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO, suscrito por la ciudadana KERLIS CAROLINA FUENTES GARCIA, venezolano(a), mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-20.086.664, en fecha Veintiocho (28) de Noviembre de 2016. PASÁNDOLO EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA como sentencia definitivamente firme. En consecuencia, se declara terminado el presente procedimiento.