DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte Superior Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, RECHAZA el presente recurso de REVISIÒN interpuesto por el abogado en ejercicio NELSON MONTIEL SOSA, actuando con el carácter de defensor del adolescente (se omite la identificación de conformidad con lo previsto en el artículo 545 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), y lo declara INADMISIBLE, de conformidad con lo establecido en el artículo 472 del Código Orgánico Procesal Penal por cuanto el mismo no fue planteado de acuerdo a los supuestos del artículo 470 ejusdem