El Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Embargado Preventivamente la cantidad de Tres Millones Noventa y Dos Mil Doscientos Cincuenta Bolívares (Bs. 3.092.250,00).