Cumplida a cabalidad la fase de instrucción del presente procedimiento, y celebrada en el día de hoy y a la hora fijada por este Tribunal, la Audiencia o Debate Oral, de conformidad con lo establecido en el artículo 870 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, con la asistencia de la parte demandante, ciudadana ALTAMIRA NAVA COLMENARES, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad número 4.517.293, y su Apoderado Judicial, Abogado en ejercicio RÓMULO HERNÁNDEZ COLINA, inscrito en el Inpreabogado con el número 83.391, y de la Apoderada Judicial de la parte demandada, ciudadana MARÍA DÁVILA, inscrita en el Inpreabogado con el número 21.436, quienes realizaron una breve exposición sobre los hechos litigiosos, correspondiéndole a este Tribunal en cumplimiento a las pautas relativas al procedimiento oral, específicamente al artículo 876 ejusdem, pronunciar su decisión expresando el Dispositivo del fallo y una síntesis lacónica de los motivos de hecho y de derecho en.....