PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación propuesto por la ciudadana GRIZKA VALLADARES RINCÓN, en su condición de fiadora, asistida del abogado HUGO RODRÍGUEZ, contra sentencia definitiva de fecha 1 de febrero de 2011, proferida por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la aludida decisión de fecha 1 de febrero de 2011, proferida por el precitado Juzgado de Primera Instancia, conforme a la cual se declaró con lugar la demanda formulada, condenando a la parte demandada al pago de las costas procesales y de la cantidad total de CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS TRES BOLÍVARES CON SIETE CÉNTIMOS (Bs.52.303,07) por concepto de capital adeudado e intereses, y se cumpla con la experticia complementaria del fallo que ordenó el Tribunal a-quo para calcular los intereses moratorios que se siguieran venciendo, así como la indexación judicial.