Por las razones anteriormente expuesta este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación del Trabajo del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa, con ocasión al juicio de CALIFICACION DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS, intentado por el ciudadano: BRACHO RINCON WILMER GUILLERMO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 11.858.894 de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil normativa aplicable para la fecha en que fue interpuesta la presente demanda.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.