DISPOSITIVO:
Por las razones expuestas, este Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo transaccional celebrado entre los ciudadanos ALI OMAR RINCÓN, RICHARD JOSÉ ROMERO GONZÁLEZ, WILMANT ARRAIZ y GREGORIO DARÍO LOZANO HERRERA y la empresa VIGILANCIA Y TRANSPORTE DE VALORES BANCARIOS VIGIBAN, C.A. en su condición de parte actora y demandada, respectivamente y se le da el pase en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo dispuesto en el Parágrafo Único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en los artículos 10 y 11 del Reglamento de dicha Ley, en concordancia con los artículos 1.713 y 1.714 del Código Civil.
El Tribunal se abstiene de archivar el presente asunto en virtud de que el co-demandante ALEJANDRO ALTAMAR, no suscribió el acuerdo transaccional, quedando pendiente la continuació.....