DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN OCCIDENTAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CONSUMADA LA PERENCIÓN, y en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente demanda por cumplimiento de contrato de fianza de fiel cumplimiento y anticipo interpuesta por la ciudadana ALJADYS COQUIES CARO, actuando en su condición de apoderada judicial de la sociedad mercantil C.A. HIDROLÓGICA DEL LAGO DE MARACAIBO (HIDROLAGO), en contra de la sociedad mercantil VENEZOLANA INTERNACIONAL DE FIANZAS, C.A. (INTERFIANZAS), plenamente identificadas.
El Tribunal no hace especial pronunciamiento en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo, de conformidad con lo previsto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente.....