PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud de inserción de partida de nacimiento formulada por el ciudadano Jorge Wilmer Arenas, ya identificado
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, queda formalmente establecido que el ciudadano Jorge Wilmer Arenas, nació el cuatro (04) de agosto de 1971, en su casa de habitación ubicada en el caserío La Arenosa, Ciudad Bolivia, Municipio Pedraza del Estado Barinas, siendo su madre la ciudadana María Asceneth Arenas.
TERCERO: Se ordena la INSERCIÓN de la presente sentencia en los libros de registro civil de nacimientos llevados por la Prefectura del Municipio Pedraza del Estado Barinas, para que lo sucesivo sirva de partida de nacimiento al ciudadano Jorge Wilmer Arenas.