Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: SE MODIFICA la sentencia de merito dicta en el juicio por DESALOJO seguido por ELIA ANTONIA CUBILLAN DE FERRER, en contra de la Sociedad Mercantil REPRESENTACIONES DE PRODUCTOS QUIMICOS C.A., (REPROQUIMICA), y en consecuencia se condena a la parte demandada al pago de la cantidad de CUATRO MIL QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES CON 00/100 (Bs.F 4500, oo), por los conceptos anteriormente expresados.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a los veintiuno (21) días del mes de Mayo del dos mil ocho (2008). Años: 198º de la Independencia y 149º de la Federación.