LA HOMOLOGACIÓN del acuerdo de Pago y/o Transacción por la cantidad de QUINCE MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs.F.15.000,oo), para el ciudadano NEANYER BARROS, QUINCE MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs.F.15.000,oo), para el ciudadano PEDRO GONZÁLEZ, y SEIS MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 6.000,00), por concepto de honorarios profesionales a los apoderados judiciales de la parte demandante, en la causa incoada por los ciudadanos NEANYER BARROSO y PEDRO GONZÁLEZ, en contra de la sociedad mercantil INVERSIONES SABENPE, C.A., en el juicio por Cobro de Prestación de Antigüedad y Otros Conceptos Laborales, se le da el carácter de cosa juzgada; y como consecuencia de la aprobación dada, se resuelve:
PRIMERO: Se ordena a la parte demandada INVERSIONES SABENPE, C.A., hacer la entrega al ciudadano NEANYER BARROSO, de la cantidad acordada en la Transacción Homologada, es decir de QUINCE MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs.F. 15.000,oo), el cual se acordó pagar el 30 de mayo de 2009.
SEGUNDO: Se ordena a la parte demand.....