Se otorgó al penado ORLANDO JOSE TOVAR BENITEZ, titular de la Cédula de Identidad N°: V-4.461.804, antes identificado, la formula de cumplimiento de pena denominada RÉGIMEN ABIERTO en el Centro de Tratamiento Comunitario ¿Dr. Eduardo Herrera¿, quedando modificado el cómputo de pena de fecha 28 de Julio de 2003, de conformidad con el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese de esta decisión al Penado, al Fiscal 14° del Ministerio Público y a la Defensa. Ofíciese a la Dirección del Internado Judicial Carabobo y al referido Centro de Tratamiento, igualmente ofíciese al Ministerio del Interior y Justicia, Dirección de Custodia y Rehabilitación del Recluso.-