Por los fundamentos antes expuestos este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA. EXTENSION CABIMAS. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR la solicitud que hiciere la defensa, y en consecuencia MANTIENE LA MEDIDA CAUTELAR DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD dictada en contra del acusado KEVIR ANTONIO DIAZ BRACHO, venezolano, natural de Caracas, fecha de nacimiento: 5-06-1990, de 18 años de edad, soltero, de profesión u oficio Estudiante Liceo Vargas, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 19.966.273, hijo de los ciudadanos Simón Díaz y Yoleida Blasco, residenciado en el Distrito Capital, Avenida San Martín, Parroquia San Juan, Sector Capuchino, Calle San Martín, casa N° 12, a quien se le acusa por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del C.....