declara como únicos y universales herederos del de-cujus Alexander Tasic Haid, a los ciudadanos Rommel Alexander Tasic Terán, Yuralix Sofía Tasic Terán, y Adolfo Alejandro Tasic Anzola, los dos primeros antes identificados, y el último, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.642.239. Se dejan a salvo los derechos de terceros.