Fue consignada Partida de Nacimiento Original de la niña: ANA KARINA MEJIAS NAVAS, en donde se evidencia que es hija del Ciudadano: ANTONIO JOSE MEJIAS GARCIA, que nació el día 11-02-2004 y que tiene Siete (07) años de edad.-
Los Ciudadanos antes mencionados convinieron por ante éste Tribunal, en que el segundo de los nombrados pasaría como Fijación de Obligación de manutención, a favor de su hija antes mencionada las siguientes Cantidades:
PRIMERO: "Se comprometió a pasarle a su hija como Obligación de Manutención la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.400,oo) MENSUALES, los cuales entregara de manera personal a la madre de su hija antes mencionada a partir del presente mes de Octubre de 2.011, y le firmara un recibo de pago con su puño y letra los cuales consignara por ante éste Juzgado.-
SEGUNDO: En lo que respecta a la Bonificación Especial en el mes de Agosto, para los gastos de útiles y uniformes escolares se comprometió a cancelar la cantida.....