DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del ciudadano FREDDY JHOAN MENDOZA OVIEDO titular de la cédula de identidad V- 15.609.945, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 300, ordinal 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el 305 ejusdem.