Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes mencionados, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. DESISTIDA LA ACCIÓN en el juicio incoado por el ciudadano LUIBER JESUS ARTEAGA RODRIGUEZ, contra LA SECRETARIA DE SALUD Y GOBERNACIÓN DEL ESTADO ZULIA por motivo de PRESTACIONES SOCIALES, ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales
2. No hay condenatoria en Costas.
3. Se ordena la notificación del ciudadano Procurador del Estado Zulia de la presente decisión de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Decreto, con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República,
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por la Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo e.....