Este Tribunal del Trabajo, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el presente procedimiento y por cuanto el mismo no vulnera los derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como los establecieron, dándoles efectos de cosa juzgada. Se acuerda expedir tres (3) juegos de copias certificadas de la presente acta, solicitada por las partes, en este acto se entregan las pruebas de cada una de las partes y se se ordenara el cierre del presente expediente una vez que conste el cumplimiento de le aquí establecido, así como su posterior remisión a la Oficina de Archivo.
EL JUEZ
EL DEMANDANTE
SU APODERADO JUDICIAL
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
Este Tribunal del Trabajo, en vist.....