DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que declara la ley decreta:
Primero: Sin Lugar el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad de la Providencia Administrativa Nro. 00613-2016 de fecha 22 de junio de 2016, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Barinas, en el expediente Nº 004-2016-01-00325 incoada por el ciudadano Enrique Uribe Velásquez.
Segundo: Se mantiene firme y con todos sus efectos jurídicos el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nº 00613-2016, de fecha 22 de junio de 2016, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Barinas, en el expediente Nº 004-2016-01-00325.
Tercero: Notifíquese al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con el artículo 98 del Decreto c.....