Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve:
PRIMERO: HOMOLOGAR EL DESISTIMIENTO de la presente causa, por los fundamentos anteriormente mencionados.-
SEGUNDO: SUSPENDE LA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, dictada por este Juzgado en fecha siete (07) de octubre de 2019, la cual recayera sobre: un (01) inmueble constituido por un apartamento destinado a vivienda, signado con el Nro. 9, ubicado en la Planta Novena del edificio "RESIDENCIAS CARLA CHRISTINE", situado en la avenida 9, entre calles 74 y 75, distinguido con el Nro. 74-49, en Jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del estado Zulia, identificado con el código catastral 231314U01010026003001P09001, el cual tiene las siguientes medidas y linderos: NORTE: en .....