Este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES, intentara la sociedad mercantil BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A., en contra de la Sociedad Mercantil TOTAL CAUCHO, C.A., y los ciudadanos JOSE FRANCO BATTAGLINO y NELLY LEAL ROMERO, todos plenamente identificados.
SEGUNDO: SE CONDENA a la parte demandada y perdidosa, Sociedad Mercantil TOTAL CAUCHO, C.A., y ciudadanos JOSE FRANCO BATTAGLINO y NELLY LEAL ROMERO, la primera en su carácter de prestataria, y los últimos en su caracteres de fiadores solidarios, a pagar a la sociedad mercantil BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A., la cantidad demandada, esto es, a la suma de CIENTO DIECISEIS MIL DOSCIENT.....