Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA DE OFICIO LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de conformidad con lo dispuesto en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio de COBRO DE BOLIVARES POR EL PROCEDIMIENTO INTIMATORIO seguido por la ciudadana BELKIS VIRGINIA ARGUELLO VIELMA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V-9.747.957, y domiciliada en la calle Los Robles Nº 80 del Municipio Cabimas del Estado Zulia, en contra del ciudadano NELSON ENRIQUE GUTIERREZ GUTIERREZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 11.806.453, y domiciliado en la Calle San Fernando, Nº 141, Sector Corito, del Municipio Cabimas del Estado Zulia .
Consta que la parte actora estuvo representada por la Abogada MASSIEL FRANCO, inscr.....