Vista la Diligencia de fecha 19 de Junio del año 2012, presentada por la Abogada: MARLESPZA MARCHAN, inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 174.736, que riela al folio Quince (15) del presente expediente, en la cual señala como nuevos Testigos a las Ciudadanas MARIA MAGDALENA MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de Identidad Nº V-7.081.665, y MARIA ALEJANDRINA HIDALGO LINARES, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de Identidad Nº V-13.330.009, en vista de que los testigos anteriores, por razones netamente personales no pueden comparecer a rendir declaraciones. Quien aquí juzga con el carácter de JUEZ de este Juzgado del Municipio Montalbán de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, acuerda lo solicitado en consecuencia, evacúese a los testigos respectivos en un lapso no mayor de Quince (15) días de despacho, todo de conformidad con lo establecido en los Artículos: 2, 7, 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bol.....