Por todo lo antes expuesto este Juzgado Quinto En Funciones de Control Del Circuito Judicial Penal Del Estado Zulia Administrando Justicia En Nombre De La Republica Bolivariana De Venezuela y Por Autoridad De La Ley ACUERDA: PRIMERO: LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO, de conformidad con lo previsto en el Articulo 331 del Código Orgánico Procesal Penal. Se convoca a las partes a que concurra al Tribunal de Juicio que le Corresponda SEGUNDO: SE MANTIENE LA MEDIDA DE PRIVACIÒN DE LIBERTAD del Acusado DANILO DE JESUS SANCHEZ: De Nacionalidad Venezolano, Natural de Maracaibo Estado Zulia, de 38 años de edad, fecha de nacimiento 09-12-69, De Estado Civil Casado, de Profesión u Oficio Albañil, Titular de la Cedula de Identidad N° 11.86.369, hijo de Luz Sánchez (d) y padre desconocido , residenciado en el Parcelamiento Los Altos Calle 95-R, Numero de la casa 18-118, Maracaibo Estado Zulia. Teléfono: 0416-1606429 de Conformidad con lo previsto en los artículos 250, 25.....