Es por lo que este Tribunal TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACION LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ordena aperturar una cuenta de ahorro a nombre del ciudadano: RODOLFO ROA, en una entidad financiera del sector público, con el cheque signado bajo el Nro. 00064494, emanado del Banco Venezolano de Crédito, por la cantidad de Bs. SESENTA MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON 30/100 CÉNTIMOS (Bs. 60.284,30) dinero este que permanecerá bajo resguardo del tribunal hasta tanto la parte oferida haga acto de presencia en este juzgado y solicite retirar el mismo. Se acuerda copia certificada de la presente decisión a la parte oferente. Regístrese, publíquese y déjese copia.