En consecuencia, este JUZGADO TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Extensión Santa Bárbara del Zulia, Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR la Solicitud efectuada por la Abog. NOIRALITH GONZALEZ URDANETA, en su condición de Defensora Pública Quinta Penal Ordinario, del Imputado JESCER SAUL NAVARRO ANGULO, Venezolano, portador de la Cédula de Identidad N°: V- 21.227.041, de profesión u oficio Obrero, hijo de Sonia Angulo y Jesús Navarro, residenciado en el Barrio Ezequiel Zamora, calle 3, diagonal a la venta de licores La Ñunga, Santa Bárbara del Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, en la cual solicita el EXAMEN Y REVISIÓN DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, dictada por este Tribunal en fecha 21-06-2011 y en consecuencia LA SUSTUTITUYE POR LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el articulo .....