Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO interpuesto por el ciudadano JOSE LEON, portador de la cédula de identidad Nro. V-10.415.062, contra las Empresas MANTENIMINTOS Y SERVICIOS AG COMPAÑÍA ANONIMA , domiciliada Municipio Lagunillas del Estado Zulia, y como solidaria contra la empresa P.D.V.S.A. PETRÓLEO, S.A., domiciliada en la Ciudad de Caracas, Distrito Capital, por motivo de cobro de Prestaciones Sociales.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
TERCERO: Se ordena notificar de la presente decisión al ciudadano Procurador General de la República, de conformidad con lo establecido en el artícu.....