DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos en la parte motiva de este fallo, este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO REGIMEN Y PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de aclaratoria de sentencia dictada por este Tribunal en fecha Catorce (14) de octubre del 2010, incoada por el apoderado Judicial del ciudadano ASTOLFO BRIÑEZ MANZANERO, en el juicio que sigue en contra de la Sociedad Mercantil MAERSK DRLLING DE VENEZUELA S.A.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
PUBLIQUESE y REGISTRESE.
Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a .....