Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley declara:
1) CON LUGAR, la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES intentó la ciudadana DAISY COROMOTO VILLEGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-9.766.587, contra el ciudadano ÁNGEL ENRIQUE ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.976.112.
2) SE CONDENA a la parte demandada ciudadano ÁNGEL ENRIQUE ESCALONA, al pago de la cantidad de de CUATRO MIL BOLÍVARES (Bs.4.000,00), por el siguiente concepto: a) saldo capital del préstamo por la cantidad anteriormente señalada.
3) SE CONDENA en costas y costos procesales a la parte demandada por haber sido vencida en el presente fallo de conformidad y dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 274 del Códi.....