DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Control del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de conformidad con lo establecido en el articulo 561, literal "d" de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en relación al articulo 300 ordinal 3ero y articulo 49 numeral 8vo ambos del Código Orgánico Procesal Penal, no existiendo la posibilidad de incorporar nuevos elementos que permitan ejercer la acción en la presente Causa, en la cual aparece como imputado los adolescentes: IDENTIDADES OMITIDAS CONFORME A LA LEY, sin mas datos filiatorios aportados; y como victima el ciudadano RODRIGUEZ ASCANIO DUVA ALVEIRO; por la comisión del delito LESIONES PERSONALES LEVES.
Notifíquese a las partes la presente Decisión.-